- Comisión de Proyectos
- Comisión Científica
- Comisión de Ética
- Comisión de Incidencia Política y Enlace Institucional
- Comisión de Publicaciones
- Comisión de Accesibilidad e Inclusión
- Comisión Producción de Medios de Difusión
- Género y Diversidad
Comisión Científica Permanente de la FEMESS
De acuerdo al Artículo 35 bis de los estatutos vigentes de la FEMESS, la Comisión Científica estará integrada, máximo, por siete personas, cumpliendo la cuota de género, y no más de dos personas pertenecientes a la misma organización, que deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Pertenecer a una organización asociada a la FEMESS.
- Poseer amplia y probada formación, conocimiento y experiencia en el ámbito de la sexología.
- Capacidad para trabajar en equipo.
- Disponibilidad de tiempo para cumplir con las tareas de la Comisión.
El Consejo Coordinador elegirá a quienes integren la Comisión Científica y a quien la coordine, de entre quienes la integren. A quien coordine la Comisión se le denominará Coordinadora o Coordinador de la Comisión.
Las personas que integren la Comisión Científica podrán sustituirse cuando no sea satisfactorio el cumplimiento de sus funciones, previa evaluación objetiva y fundada del Consejo Coordinador.
Será titular de los congresos y podrá ampliarse previo a los mismos, para cumplir con esa función.
La Comisión Científica deberá formar un Comité Juvenil, integrado por jóvenes no mayores de 29 años, quienes desarrollarán el programa juvenil de la Federación y de los Congresos.